Incapacidad temporal

Tanto trabajadores como empresarios deben saber cómo actuar ante una incapacidad temporal, más conocida normalmente como baja médica. A continuación explicamos unas cuestiones básicas para resolver las dudas sobre este tema.

Requisitos incapacidad temporal

Se le llama incapacidad temporal a la situación por la cual un trabajador no puede cumplir sus funciones, pero se espera que tenga una recuperación y puede seguir haciéndolas en el futuro. Por ejemplo: si el trabajador está con gripe, si ha sufrido una fractura, etc. Para poder acogernos a esta situación, será necesario cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar dados de alta o en situación asimilada al alta -paro, etc-.
  • Tener cumplido un determinado periodo de cotización. En el caso de que la baja sea por enfermedad común, se exigirá haber cotizado 180 días dentro de los 5 años anteriores; mientras que si es por accidente, no se exige periodo mínimo de cotización.
  • Por supuesto, la persona en situación de baja no deberá realizar actividades que fueran incompatibles con su recuperación. En caso de bajas fraudulentas, se procederá a retirar la prestación.


Prestación baja laboral

Otra de las cuestiones más comunes está relacionada con cuánto se cobra estando de baja. Para ello tenemos que diferenciar según el tipo de baja, ya que en función de ello, la base reguladora se calculará de distinta forma:

  • Baja por enfermedad común: la base reguladora se determinada usando la cotización por contingencias comunes del mes anterior a la baja. Desde el día 4 a 20 de la baja, se cobrará el 60% de dicha base reguladora; del 21 en adelante se cobrará el 75%.
  • Baja por accidente laboral: el trabajador tiene derecho, como mínimo, al 75% de la base reguladora desde el primer día.

Asesoría laboral

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